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Tratamiento de Datos

Ayuntamiento de Serrato  • info@serrato.es  • 952 16 23 97
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Tratamiento de Datos


Atención de quejas, sugerencias y solicitudes de información

Responsable del Tratamiento:

Ayuntamiento de Serrato

Descripción del tratamiento de datos:

Recepción y tramitación de quejas, sugerencias y solicitudes de información recibidas en el Ayuntamiento. Así como gestión de los datos de carácter personal de los solicitantes de información pública.

Base jurídica:

El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento  art. 6.1.c) RGPD
Detalle Base de legitimación
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno.

Finalidad:

Recepción y tramitación de quejas, sugerencias y solicitudes de información recibidas en el Ayuntamiento. Así como gestión de los datos de carácter personal de los solicitantes de información pública.

Origen:

Ciudadanos

Categoría:

Infracciones No están previstas Categorías especiales de datos No están previstas Datos identificativos Nombre y apellidos; NIF*; Dirección; Firma; Teléfono; Correo electrónico(*) NIE, Pasaporte o Nº Tarjeta de residencia. Otros Datos vinculados a las so

Cesiones:

No existen comunicaciones previstas.

Transferencia fuera del espacio europeo:

No está previsto.

Plazo de uso:

Los datos personales se conservarán el tiempo que persista la actividad y, posteriormente, hasta que se haya cumplido el plazo de prescripción de posibles responsabilidades nacidas del tratamiento. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación, en particular el artículo 18 de la Ley 7/2011, de 3 de noviembre, de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía y art. 35 del Decreto 97/2000, de 6 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Sistema Andaluz de Archivos. Se atenderá a los plazos de archivo temporal documental, de acuerdo a los criterio de conservación, en cumplimiento de la la Ley.
Asimismo, se atenderá a los plazos de conservación de la información establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común y por la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, a efectos de los recursos oportunos

Medidas de seguridad:

Las medidas de seguridad implementadas corresponden a las aplicadas de acuerdo al Anexo II (Medidas de Seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.